Jueves 3 de Abril de 2025

SOCIEDAD

8 de enero de 2025

VACACIONES: ¿QUÉ TRÁMITES HAY QUE HACER PARA VIAJAR CON NIÑOS?

Existen ciertos requerimientos legales necesarios para circular con niños cuando no lo hacen con ambos progenitores.

Planear el viaje por vacaciones en familia requiere contar con tiempo para reunir la documentación necesaria de cada miembro, sobre todo si se decide viajar con niños ya sea dentro o fuera de la provincia o país. Especialmente, cuando el viaje lo realicen con un sólo padre, por distintas razones, o bien con abuelos, tíos, etc.

Cuando  viaja con ambos progenitores, solamente es suficiente con presentar el DNI, en caso de ser requerido, y en algunos casos, la partida de nacimiento actualizada y legalizada. 

En cambio, en el caso de que el niño viaje con uno solo de los progenitores, se necesita una autorización firmada ante escribano público por el otro, para ser presentada luego en migraciones. 

En todos los casos, cuando el viaje sea fuera del país, es necesario contar con la normas vigentes de circulación con menores de edad, que tenga cada país, como por ejemplo visas o documentación adicional.

Existen también las situaciones donde el niño viaja con otros familiares, sean abuelos, tíos y también se requiere una autorización firmada por ambos padres, la que puede realizarse en el Registro Civil o ante un escribano. 

Ahora bien, es necesario mencionar los casos donde por distintas razones existiera desacuerdo entre los progenitores y uno de ellos se opone a que el niño viaje. En estos casos, la situación es judicializada, es decir, el juez es quien determina, siempre resguardando el bienestar  e interés del niño, si éste viaja o no. Definiéndolo luego de analizar los argumentos presentados por el padre que hace el  pedido. Así se establece si se acepta o se impida el traslado. 

Por otra parte, existen también los casos donde uno de los padres del niño ha fallecido. En estas situaciones, se debe presentar la Partida de Nacimiento del menor para probar que es hijo de ambos y el certificado de defunción del progenitor fallecido. Si se cuenta con la Libreta de Matrimonio y el nacimiento del hijo y la muerte del cónyuge están inscriptos en la libreta, la sola presentación de la Libreta de Matrimonio es suficiente para salir del país. 

Finalmente, puede que uno de los progenitores esté privado de la libertad, entonces aquí se debe el padre a cargo del menor deberá presentar la resolución judicial que le quitó o suspendió la responsabilidad parental al otro progenitor. 

Cabe aclarar que tanto en el caso de los viajes al exterior o  de una provincia a otra o bien dentro del territorio provincial, será o puede ser requerida por migraciones o en controles viales  la documentación de los pasajeros menores de edad. Sobre todo, por medidas de seguridad que se realizan para hacer frente al tráfico ilegal o trata de menores.

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